Tal como portavoces oficiales han adelantado, el Ejecutivo firmó Decreto que amplía el pago del subsidio del Instituto de Previsión Social (IPS) a trabajadores formales con sueldos superiores a 4 salarios mínimos y, habilita el segundo pago a aquellos que continúen con sus contratos suspendidos a causa de la pandemia.
En conferencia ante los periodistas, el mismo titular del IPS había manifestado días atrás que el subsidio seguirá en el siguiente mes de junio para una cantidad importante de asalariados prados debido a la emergencia sanitaria.
El decreto respectivo firmado hoy por el presidente de la república lleva el número 3649 que en dice en su artículo primero: “Modificase parcialmente el Decreto N° 3546, del 21 de abril del 2020, «Por el cual se reglamenta el Artículo 46 de la Ley N° 6524, de fecha 26
de marzo de 2020, “Que declara Estado de Emergencia en todo el
territorio de la República del Paraguay ante la Pandemia declarada por la
Organización Mundial de la Salud a causa del Covid-19 o Coronavirus y
se establecen medidas administrativas, fiscales y financieras”», de
conformidad con la siguiente disposición.
El segundo artículo reza: “La compensación económica establecida en el Artículo 46 de la Ley
N° 6524/2020 y el Decreto N° 3546/2020 será otorgada a trabajadores
asegurados que, con posterioridad a la percepción del primer desembolso,
hayan continuado suspendidos conforme con la nómina actualizada de la
Autoridad Administrativa del Trabajo y aquellos trabajadores que fueron
excluidos por haber sobrepasado ingresos superiores a dos (2) Salarios
Mínimos Legales, quienes podrán ser beneficiados a partir de la vigencia
del Decreto N° 3546, del 21 de abril de 2020.