El Ministerio Público, bajo la conducción del fiscal Augusto Ledesma Blasser de la Unidad Penal Nº 9 de la Fiscalía Zonal de Luque, presentó hoy viernes una imputación formal contra el abogado Fernando René Marecos Gamarra, atribuyéndole la presunta comisión de los hechos punibles de coacción, contemplado en el artículo 120 del Código Penal, y usurpación de funciones públicas, tipificado en el artículo 241 del mismo cuerpo legal, además de invocar el artículo 29 relativo a la autoría.
La imputación fiscal surge tras una investigación iniciada a raíz de la actuación presuntamente irregular y extralimitada que Marecos habría desplegado el pasado 16 de septiembre en las instalaciones de la empresa privada Cargo Line Paraguay S.A., en el marco de la ejecución de una resolución judicial.
Aquel 16 de septiembre, una comitiva oficial encabezada por la jueza Mafalda María Cameron Luque se constituyó en la sede de la mencionada firma para dar cumplimiento a una medida judicial que disponía, entre otros puntos, cambios provisorios en la conducción de Cargo Line Paraguay S.A., la intervención judicial de la sociedad y la designación formal de nuevas autoridades. Sin embargo, de acuerdo con el relato circunstanciado de la Fiscalía, Fernando René Marecos Gamarra habría asumido durante el procedimiento atribuciones y facultades que no le correspondían en su condición de particular o profesional del derecho.
Uno de los episodios centrales documentados por el Ministerio Público involucra de forma directa al entonces gerente general de la firma, Gustavo Adolfo Martínez Venialgo. Según la hipótesis fiscal, Marecos le habría exigido de manera imperativa a Martínez Venialgo abandonar inmediatamente una sala para presentarse ante la comitiva judicial. En medio de ese requerimiento, cuando el gerente general intentó atender una llamada en su teléfono corporativo, el abogado presuntamente le sujetó físicamente la mano para impedírselo, acción que la Fiscalía encuadra como un acto de fuerza física destinado a obligarlo a realizar una conducta contra su voluntad.
Ante esta situación, Martínez Venialgo le preguntó a Marecos quién era y bajo qué autoridad le impartía ese tipo de órdenes. El acta de imputación señala enfáticamente que el abogado no exhibió poder, mandato, credencial ni autorización judicial alguna que le otorgara facultades para actuar de esa manera o hacer uso de la fuerza. La representación fiscal remarca además que Martínez Venialgo no opuso resistencia alguna a las directivas emanadas de la jueza Mafalda María Cameron Luque, del oficial de Justicia ni de los efectivos policiales presentes en el lugar.
Los hechos investigados se habrían profundizado tras el retiro de las autoridades judiciales y policiales del establecimiento. Una vez que la jueza y la fuerza pública abandonaron la sede de Cargo Line Paraguay S.A., Marecos supuestamente comunicó a Martínez Venialgo que el nuevo directorio designado había resuelto su desvinculación inmediata de la empresa. Acto seguido, le ordenó entregar su teléfono corporativo, computadora, documentos y otros bienes pertenecientes a la compañía. Como consecuencia de estas instrucciones e imposiciones, le fueron entregados certificados, acciones, poderes, sellos, documentos societarios y administrativos, además de las llaves y posesión de un vehículo perteneciente a la firma Copetrol.
Asimismo, la Fiscalía atribuye a Fernando René Marecos Gamarra haber intervenido para impedir el ingreso a la empresa de una escribana pública que había sido convocada por Martínez Venialgo con el objeto de labrar un acta notarial y dejar constancia de lo acontecido. El Ministerio Público sostiene que un patrón de actuación similar se produjo respecto a Carlos Fabián Fretes Vargas, otro trabajador de la compañía, a quien Marecos también habría comunicado su desvinculación laboral exigiéndole la entrega inmediata de equipos y bienes que estaban bajo su responsabilidad.
La hipótesis del fiscal Augusto Ledesma Blasser es que Marecos actuó frente a los afectados como si estuviera investido de autoridad pública legítima para hacer cumplir determinadas consecuencias de la resolución judicial. Esta actuación se desarrolló además en un contexto considerado intimidante por la presencia de efectivos policiales, guardias privados y una numerosa cantidad de personas vinculadas al operativo. La Fiscalía distingue expresamente estas conductas irregulares atribuidas al imputado de las actuaciones realizadas legítimamente por la jueza Cameron Luque y el oficial de Justicia.
Como elementos de sospecha para fundar la imputación fueron incorporados la resolución judicial del caso, las actas notariales correspondientes a Martínez Venialgo y Fretes Vargas, así como el acta oficial del procedimiento. Con base en estos antecedentes, el Ministerio Público solicitó al Juzgado Penal de Garantías la admisión formal de la imputación y pidió fijar un plazo de seis meses para desarrollar la investigación penal preparatoria antes de presentar el requerimiento conclusivo. Cabe resaltar que el presente proceso penal no implica una declaración de culpabilidad contra el abogado Fernando René Marecos Gamarra, quien conserva intacto su derecho constitucional a la defensa y a controvertir la versión y las pruebas presentadas por la Fiscalía.



