DEFENSA PLANTEA EXCEPCIÓN Y JUEZ DEBE RESOLVER VALIDEZ DE IMPUTACIÓN CONTRA DIRECTIVOS DE ASOCIACIÓN RELIGIOSA

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La defensa de directivos de la Asociación Espíritu Santo cuestionó la imputación presentada por la fiscala María Angélica Insaurralde en el marco de una causa por supuesta frustración de la ejecución individual, y solicitó al Juzgado Penal de Garantías que declare la falta de acción y deje sin efecto el acta fiscal.

El incidente fue promovido por el abogado Francisco de Vargas, en representación de los imputados Evaristo Fernández y Roque Antonio Benítez, miembros de la comisión directiva. La presentación quedó a estudio del juez penal de garantías Mirko Valinotti quien deberá resolver si la imputación cumple con los requisitos legales para su prosecución.

«Nuestra parte, en representación de los imputados Evaristo Fernández y Roque Antonio Benítez ha planteado una excepción de falta de acción que ataca el acta de imputación presentada por la agente fiscal María Angélica Insaurralde”, señaló el abogado.

El caso incluye también a otros cuatro directivos de la asociación, todos imputados en el marco de este proceso que tiene su origen en una intención de cobro de honorarios profesionales. Un abogado que obtuvo un mandamiento de embargo preventivo denunció que no pudo efectivizar el cobro debido a que la Asociación Espíritu Santo transfirió tierras a su representante legal.

Al respecto, el abogado Francisco de Vargas sostiene que la transferencia se realizó de manera regular, fue aprobada en asamblea y se efectuó en concepto de pago de honorarios ante la falta de liquidez de la organización. Agregó además que los embargos no pudieron ser ejecutados debido a que, conforme a informes del oficial de justicia, los mandamientos presentaban errores formales, entre ellos la falta de fecha de la resolución judicial.

La defensa sostiene que la imputación carece de sustento fáctico y jurídico, y afirma que no existen elementos que configuren el hecho investigado. “Básicamente lo que decimos es que la Fiscalía no tiene acción porque no hay elementos para imputar, más bien hay elementos para desestimar. No existe ocultamiento ni vaciamiento de bienes como se pretende en la denuncia y se pretende imputar a mis mandantes en el acta de imputación», recalcó.

De Vargas también indicó que informes oficiales respaldan la posición de sus representados. En ese sentido, mencionó comunicaciones de la Dirección de Registros Públicos que dan cuenta de la existencia de bienes suficientes a nombre de la entidad. “En varias oportunidades que eh la dirección del Registro Público ha informado a la Fiscalía que la Asociación cuenta con bienes suficientes, más que suficientes para que eh los embargos ordenados se traben», expresó.

Según datos de la Dirección de Registros Públicos, la organización religiosa posee 38 inmuebles que, en conjunto, superan las 230.000 hectáreas. La defensa considera que esta situación descarta la existencia de ocultamiento o vaciamiento patrimonial.

En paralelo, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados @Jem_py informó que analizará el caso en marzo, a fin de determinar si corresponde iniciar una investigación preliminar sobre la actuación de la fiscala interviniente. El órgano evaluará si existen elementos que ameriten la apertura de un proceso, conforme a los procedimientos establecidos, en el marco de sus atribuciones de control disciplinario.

 

 

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