JUEZ DEBE DEFINIR SI DA TRÁMITE A POLÉMICA IMPUTACIÓN A DIRECTIVOS DE LA ASOCIACIÓN

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El juez penal de Garantías N° 10, Mirko Óscar Valinotti Galeano, analiza la viabilidad de la imputación presentada por la agente fiscal María Angélica Insaurralde contra seis miembros del directorio de la Asociación Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial y contra la asesora jurídica de la entidad, la abogada Michelle Byun.

De acuerdo con el Código Procesal Penal, el juez de Garantías tiene la facultad de ejercer un control formal sobre las imputaciones fiscales. Puede oponerse a su trámite si considera que no cumplen con los requisitos legales, si los hechos descritos no configuran una conducta penalmente relevante o si se advierte una posible vulneración de derechos fundamentales de los procesados.

La imputación se originó tras una denuncia que señalaba que, desde 2024, la Asociación habría transferido inmuebles a su abogada Michelle Byun, lo que supuestamente habría impedido ejecutar un embargo ordenado en el marco de un proceso de regulación de honorarios profesionales.

Sin embargo, el abogado Francisco de Vargas, representante del grupo religioso, sostuvo que las transferencias existieron, pero que se realizaron como pago de honorarios profesionales ante la falta de liquidez en efectivo.

El letrado afirmó además que, según informes de la Dirección General de los Registros Públicos —documentación que también obraría en poder del Ministerio Público— la Asociación posee 38 inmuebles que totalizan más de 230.000 hectáreas.

Añadió que, conforme a un informe del oficial de Justicia, el embargo preventivo no pudo diligenciarse debido a errores formales en los oficios judiciales, tales como ausencia de fecha, falta de número de resolución y otras inconsistencias administrativas.

El abogado De Vargas cuestionó duramente la decisión del @MinPublicoPy y afirmó que la causa carece de sustento jurídico. «Esta denuncia y esta imputación no tienen sustento alguno. La fiscal tenía que haber desestimado la denuncia, no haber imputado», manifestó, expresando su expectativa de que el Juzgado Penal de Garantías ejerza el correspondiente control de legalidad.

En paralelo, ayer el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (@Jem_py) informó que tomó conocimiento de publicaciones en la red social X relacionadas con el caso y resolvió iniciar el análisis preliminar para determinar si corresponde actuar de oficio.

Según el reporte oficial, el JEM evalúa publicaciones tituladas “Rechazan imputación fiscal y califican de ‘temeraria’ acusación contra directivos” y, una vez cumplido el plazo establecido, el pleno deberá expedirse sobre la viabilidad de abrir una investigación preliminar o promover un enjuiciamiento, conforme al artículo 18 de la Ley N° 6814/2021.

Ahora, la definición inmediata queda en manos del juez Valinotti, quien deberá resolver si la imputación cumple con los requisitos formales y sustanciales para avanzar en el proceso penal.

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