DÓLARES EN MBURUVICHA RÓGA Y LAS COMPETENCIAS JUDICIALES

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#Editorial

La denuncia de la exfuncionaria de la presidencia Luz Candado, respecto a la existencia de sobres con dinero en dólares en el quincho de Mburuvicha Róga, sacudió a la opinión pública nacional e internacional.

Pero lo que parecía ser un nuevo capítulo de discrecionalidad y abuso en la residencia presidencial adquirió una dimensión mucho mayor al conocerse un detalle clave: el dinero hallado no era en guaraníes, sino en dólares estadounidenses.

Ese dato convierte un escándalo político interno en un potencial caso de alcance internacional. Porque el dólar, a diferencia de otras monedas, se encuentra bajo una red de control legal que otorga a Estados Unidos la capacidad de investigar y sancionar delitos financieros cometidos más allá de sus fronteras.

El largo brazo de la ley estadounidense: La legislación norteamericana es clara y estricta. El 18 U.S.C. § 1956 sanciona el traslado, la transmisión o la transferencia de fondos en dólares con la intención de promover actividades ilícitas, con penas que pueden llegar a 20 años de prisión y multas de hasta medio millón de dólares o el doble del valor involucrado.

Por su parte, el 18 U.S.C. § 1957 penaliza con hasta 10 años de cárcel cualquier transacción mayor a 10.000 dólares realizada con fondos de origen ilícito, incluso si la operación se lleva a cabo fuera de los Estados Unidos, siempre que esos dólares pasen, aunque sea indirectamente, por el sistema financiero norteamericano.

Esto es fundamental: la gran mayoría de las operaciones internacionales en dólares se compensan a través de corresponsalías bancarias en Nueva York.

Eso significa que, si el dinero hallado en sobres fue depositado, transferido o blanqueado mediante alguna entidad financiera conectada al sistema norteamericano, Estados Unidos tiene jurisdicción para investigar.

En otras palabras, lo que comenzó como un rumor en Asunción podría terminar convertido en un expediente abierto en un tribunal federal estadounidense.

Esto plantea preguntas incómodas: ¿se reportaron los sobres denunciados por Candado? ¿Existe documentación que justifique su procedencia? ¿Se cumplió con la normativa vigente? La ausencia de respuestas oficiales hasta el momento refuerza la percepción de opacidad y alimenta la sospecha de incumplimiento.

Estados Unidos ha demostrado en múltiples ocasiones que no duda en ejercer jurisdicción cuando se trata de transacciones en dólares vinculadas a corrupción, narcotráfico o lavado de dinero.

La cooperación internacional en estos casos suele traducirse en comisiones rogatorias, pedidos de información a bancos y el rastreo de transferencias a través del sistema financiero global.

Porque el dólar, a diferencia de otros billetes, no se esconde. El dólar habla, y cuando habla, lo hace en voz alta, en oficinas judiciales que quedan muy lejos de Asunción.

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