Paraguayo Cubas Colomes, más conocido como “Payo”, siguió incitando a la violencia y a la rebelión contra la existencia misma del Estado. En su periplo, iniciado en Ciudad del Este con destino a Asunción, instó a sus numerosos seguidores a cerrar rutas y ejercer la violencia contra los ciudadanos que deben circular libremente por el territorio de la República, derecho que está consagrado en la propia Constitución Nacional y las leyes. Las fuerzas policiales (rebasadas a veces) por los manifestantes, que al hacer uso del aparato represivo del estado detuvo y puso a disposición del Ministerio Público a los violentos, no lo realizó en tiempo y forma con el cabecilla, que a su paso siembró terror y miedo en la población decente y que no está de acuerdo con estos procederes, señalaron varios entendidos en derecho. Tal vez porque el propio Presidente de la República no está en el país, ya que prefirió «huir» de los graves problemas internos que genera un anarquista como Payo Cubas y viajar para asistir a una coronación real en Inglaterra, agregaron los letrados.
Trascendió desde los pasillos del propio Ministerio Público que los fiscales designados para las investigaciones de estos desmanes ya tenían confeccionado el acta de imputación contra Payo días atrás, pero estaban a la espera a que el Fiscal General del Estado, Emiliano Rolón, diera el visto bueno para presentarlo ante el Juzgado, sin embargo, este demoró mucho para decidirse.
Teniendo en cuenta la conducta desplegada por Paraguayo Cubas y haciendo un análisis a vuelo de pájaro del Código Penal Paraguayo, este estaría violando una buena cantidad de preceptos previstos y penados por la ley penal, venían afirmando los entendidos en derecho.
Empezando por casi todo un capítulo del Código Penal (Hechos Punibles contra la seguridad y convivencia de las personas) que precautela la seguridad de los ciudadanos en su desenvolvimiento libre y pacifico en la sociedad y en la república. Los artículos transgredidos son; el 234 inc. 1 (Perturbación de la paz pública), el 235 inc. 1 núm. 1 (Amenaza de hechos punibles), el 237 inc. 1 y 2 (Incitación a cometer hechos punibles), y el 238 núm. 1 (Apología del delito). Otro capítulo del Código violentado por Cubas, data sobre los hechos punibles contra la constitucionalidad del Estado y el sistema electoral. Tenemos asi que abiertamente transgrede el Art. 273 Inc.1 y 2 (Atentado contra el orden constitucional), el 274 inc. 1 núm. 1 y 3 (Sabotaje), asi como el 275 inc. 1 (Impedimento de las elecciones).
Otro capítulo del Código Penal transgredido por el violento Payo, se encuadra dentro de los “Hechos punibles contra órganos constitucionales”, precautelados por los Arts. 286 inc. 1 núm. 4 (Coacción a órganos constitucionales), el 287 inc. 1 núm. 4. (Coacción al Pdte. de la Rca y a los miembros de un órgano constitucional). También en el Capítulo IV del Código Penal es violado abiertamente por Cubas y que son aquellos que determinan la existencia de Hechos punibles contra la libertad de las personas, asi lo disponen los Art. 120 inc. 1 (Coacción), 121 núm. 1 (Coacción grave).
Como se verá, basta dar una lectura integra a todos los artículos destacados en esta crónica periodística, para “enterarnos” que las disposiciones incluidas en la norma penal, están siendo abiertamente quebrantadas por el iracundo excandidato a la Presidencia de la República. Paraguayo Cubas es un anarquista que transgrede las leyes a sus anchas, si las autoridades encargadas de la represión estatal no le ponen freno ahora a este personaje, se estará abriendo la posibilidad de que se genere un caos en la República sin poder controlarlo a la larga.
Aplaudimos la decisión del Fiscal General del Estado, pero hay que reconocer que tardó bastante con argumentos muy superficiales y rebuscados para tomar la decisión, que debió tomarla el día en que Payo empezó con su accionar delictivo; y si no fuera por los medios de prensa y la presión que ejerció en redes sociales la población, es casi seguro que no lo hubiera hecho. Ojalá tome razón de lo que está ocurriendo en nuestra nación y siga ordenando que sus fiscales hagan cumplir con lo que la ley ordena, igual que aquella vez en la que a la velocidad de un rayo decidió el procesamiento de un joven, por amenazar al Embajador Americano en las redes sociales.