Un giro radical dio el caso de violencia telemática y de género que involucra a 8 funcionarias del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra. El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Sexto Turno de la Capital resolvió anular la sentencia previa emitida por el Juzgado de Paz de San Roque, la cual había desestimado la denuncia por acoso digital presentada por el grupo de funcionarias de la institución y levantado las medidas de protección personal que las amparaban.
El origen del conflicto radica en una sistemática campaña de hostigamiento digital ejecutada durante 17 meses mediante una cuenta anónima de Facebook.
A través de esta red, las afectadas sufrieron agresiones verbales, descalificaciones profesionales e insinuaciones sexistas destinadas a deslegitimar sus roles directivos por el solo hecho de ser mujeres. En su momento, el juzgado de primera instancia desestimó la denuncia argumentando que los funcionarios públicos están expuestos a un mayor nivel de crítica y sostuvo la imposibilidad de atribuir la autoría de la cuenta anónima a los denunciados.
Sin embargo, en esta nueva revisión judicial, la magistratura detectó graves vicios procesales en el fallo anterior. El análisis reveló que el Juzgado de Paz de San Roque incurrió en una «desarticulación estructural del proceso» al omitir por completo la apertura a prueba y el diligenciamiento de pericias tecnológicas fundamentales. Entre las diligencias dejadas de lado figuraban pedidos de informes a Unidades Especializadas del Ministerio Público (Cibercrimen), notificaciones a Meta Platforms e investigaciones policiales orientadas a rastrear la dirección IP del perfil anónimo.
Debido a que no se investigó la prueba digital ofreciéndole garantías al proceso ni se garantizó la debida diligencia contemplada para la protección integral de las mujeres, la resolución del Juzgado de Paz quedó formalmente anulada.
Al haberse detectado fallas en la etapa de sustanciación probatoria, el juzgado de alzada ordenó el reenvío del expediente al Juzgado de Paz de Santísima Trinidad. Este fuero deberá llevar a cabo una nueva audiencia donde las partes presenten legalmente sus pruebas, garantizando el análisis adecuado del rastreo informático y la evaluación del caso con perspectiva de género antes de dictar una nueva sentencia.



