CONDENAN A 8 AÑOS DE CÁRCEL AL EXSENADOR DE HC HERNÁN RIVAS POR EL USO DE UN TÍTULO FALSO DE ABOGADO

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​El Tribunal de Sentencia declaró culpable al exsenador y exdiputado Hernán David Rivas Román por los hechos punibles de producción de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso, imponiéndole una pena privativa de libertad de 8 años.

La resolución se dio tras comprobarse que el acusado utilizó de manera sostenida un título y certificado de estudios universitarios falsificados para acceder a cargos de altísima relevancia institucional, afectando la confianza del sistema judicial.

El caso contra el político tiene sus antecedentes en las inconsistencias detectadas en los documentos académicos presentados para acreditar su condición de abogado ante diversas dependencias del Estado. En junio de 2020, cuando se desempeñaba como diputado, Rivas utilizó la documentación irregular de la Universidad Sudamericana para jurar como representante de la Cámara Baja ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, órgano encargado de juzgar la conducta de jueces y fiscales. Posteriormente, en julio de 2021, la misma documentación le sirvió para gestionar la matrícula profesional expedida por la Corte Suprema de Justicia, lo que le permitió figurar oficialmente como auxiliar de justicia. Ya en su faceta de senador, en julio de 2023, la Cámara Alta lo reeligió como representante parlamentario y llegó a presidir el mencionado órgano juzgador de magistrados, ejerciendo funciones reservadas de forma exclusiva para profesionales del derecho idóneos.

​A lo largo del proceso judicial, el Ministerio Público, a través de los fiscales del caso, demostró la falta de correspondencia de la trayectoria universitaria del acusado, exponiendo serias contradicciones en las sedes donde supuestamente había cursado la carrera, además de irregularidades en los registros académicos y en los títulos otorgados a la tesis atribuida a su persona. Pese a que el caso atravesó diversos incidentes procesales y resoluciones de sobreseimiento que posteriormente fueron anuladas por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para ordenar la realización del juicio oral, la Fiscalía terminó solicitando una pena de 12 años de prisión durante sus alegatos finales.

​Al momento de dar su veredicto, el Tribunal expuso que las pruebas demostraron de manera irrefutable la dimensión objetiva y subjetiva de la conducta delictiva. Las magistradas enfatizaron que el imputado actuó con dolo directo, señalando que nadie puede desconocer su propia trayectoria universitaria respecto a la asistencia a clases, el examen de materias o la defensa de una tesis, tratándose de hechos pertenecientes a la experiencia personal. El colegiado calificó el grado de reproche como sumamente alto debido a la energía criminal desplegada a lo largo del tiempo ante distintas instituciones estatales y al daño institucional incalculable causado al permitir que una persona sin idoneidad legal juzgara a los operadores del sistema de justicia.

​Durante la deliberación sobre la medición de la pena, se registró un debate interno en el colegiado. Mientras que la postura mayoritaria concluyó que la sanción justa, proporcional y útil para la protección del orden jurídico era de 8 años de prisión, un miembro titular del tribunal votó en disidencia a favor de aplicar una pena de 14 años de cárcel, manifestando además discrepancias técnicas en relación con el marco penal aplicable. Como medida complementaria, el tribunal declaró a Rivas civilmente responsable de los hechos y dispuso la remisión de los antecedentes al Ministro Público, investigar la posible comisión de testimonio falso u otras conductas punibles por parte de docentes, excompañeros y directivos vinculados al trámite del cuestionado documento.

Fuente: Dianacenturionm

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