El entramado de presunta corrupción pública que acorrala a la gestión del exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto Vallejos, sumó una nueva e irrefutable pieza en el tablero judicial. Cinthia Noelia Alen Guerrero se convirtió formalmente en la séptima persona procesada en admitir los hechos investigados por el Ministerio Público, tras prestar su total conformidad en audiencia indagatoria para acceder a una suspensión condicional del procedimiento.
El paso procesal, solicitado por los agentes fiscales Silvio Corbeta, Verónica Valdez y Yeimy Adle a través del Requerimiento Fiscal N.º 66, confirma la mecánica de desvío de recursos que lesionó de gravedad las arcas municipales a través del Consejo Local de Salud.
La investigación sacó a la luz la operatoria de empresas de fachada empleadas para drenar fondos públicos. Según la tesis fiscal, Alen Guerrero figuraba como la presunta representante legal de la firma M&M Construcciones. No obstante, los cruces de información con la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) revelaron que la procesada jamás registró compras de materiales de construcción y que su verdadera actividad era la contabilidad, operando como un mero ropaje formal para la adjudicación de obras. Bajo esta modalidad, el 1 de diciembre de 2020 se le otorgó un contrato para trabajos en el Pabellón de Trauma del Hospital Regional de Ciudad del Este, donde un peritaje del Laboratorio Forense detectó una escandalosa sobrefacturación e incongruencia de Gs. 505.154.095 entre lo desembolsado por la Comuna y lo efectivamente ejecutado, en el marco de una causa cuyo perjuicio total consolidado alcanza los Gs. 757.166.276.
Al no poseer la condición de ordenadora de gastos ni de garante directa del patrimonio municipal, la representación fiscal imputó a Alen Guerrero bajo la figura jurídica de cómplice de lesión de confianza, en los términos del artículo 192 inciso 1º en concordancia con el artículo 31 del Código Penal. En contrapartida por su confesión y la delimitación estricta de sus responsabilidades, la Fiscalía respaldó la aplicación del beneficio procesal en atención a que la expectativa de pena no superará los dos años de cárcel.
Como parte del acuerdo para suspender la persecución penal por un periodo de prueba de un año —el cual deberá ser homologado por el Juzgado Penal de Garantías—, la procesada se comprometió a realizar una reparación del daño social mediante el pago de Gs. 50.000.000 destinados a una entidad de beneficencia o cuenta judicial. Asimismo, quedará sujeta a reglas de conducta estrictas que incluyen la prohibición de salir del país, la imposibilidad de cambiar de domicilio sin autorización previa y la obligación de comparecer de manera trimestral a firmar el libro del Juzgado de Ejecución. Este nuevo reconocimiento de culpabilidad refuerza sustancialmente la posición del Ministerio Público frente a los principales ordenadores del gasto imputados en esta causa.
Fuente: PerlaSilguero



