PEÑA OFICIALIZA REAJUSTE DEL SALARIO MÍNIMO Y DESATA DEBATE ECONÓMICO EN PARAGUAY

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 El presidente de la República, Santiago Peña oficializó este jueves el reajuste del salario mínimo legal en un 5% mediante la promulgación del Decreto N. 6225.

Con esta medida, el sueldo básico legal en el país queda establecido en G. 3.044.000, mientras que el jornal diario sube a G. 117.077. El nuevo decreto se destaca por ser más extenso que los de periodos anteriores debido a los argumentos jurídicos y sociales que incorporó el Poder Ejecutivo para justificar un aumento que no se limita estrictamente a la variación del Índice de Precios al Consumidor emitido por el Banco Central del Paraguay.

A través del documento oficial, la Presidencia defendió las atribuciones legales contempladas en el artículo 255 del Código del Trabajo, modificado por la Ley N. 5764, que faculta al mandatario a tomar la decisión final sobre el monto a propuesta del Consejo Nacional de Salarios Mínimos. En esta ocasión, el consejo omitió sugerir una cifra específica y dejó la resolución final en manos del Ejecutivo, tras constatar que los parámetros de la inflación actual son insuficientes para contrarrestar la pérdida del poder adquisitivo.

El decreto presidencial resalta que existe un comportamiento desigual en la evolución de los ingresos reales en los diferentes sectores de la economía, afectando directamente a los trabajadores que perciben el salario mínimo o ingresos cercanos a este límite, por lo cual se volvió imperioso un ajuste que promueva una mejora real en sus condiciones de vida.

La disposición gubernamental generó una reacción inmediata y de profunda preocupación en el sector empresarial del país. Líderes gremiales como Enrique Duarte, presidente de la Federación de la Producción, la Industria y el Comercio, y Luis Tavella, presidente de la Federación de Mipymes, cuestionaron la legalidad del porcentaje adoptado. Los representantes del empresariado manifestaron que la medida representa un incumplimiento de las normativas vigentes, sosteniendo firmemente que cualquier tipo de reajuste salarial debe responder de manera estricta y exclusiva al análisis de la inflación medido por el Banco Central. Por su parte, el Ministerio de Trabajo será el encargado de reglamentar en los próximos días los salarios mínimos correspondientes a las diversas actividades específicas reguladas en todo el territorio nacional.

Fuente: Ultima Hora

 

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